El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) eliminó la competencia especializada en materia de terrorismo que ejercían cuatro tribunales de control de Caracas y dispuso que estos casos sean atendidos por juzgados estadales de control en los distintos circuitos judiciales penales del país, según la Resolución N.º 2026-0010.
La medida busca, de acuerdo con el máximo tribunal, «optimizar el servicio de administración de justicia» y garantizar el debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva.
La resolución modifica la organización de los juzgados de primera instancia con competencia en delitos asociados al terrorismo. En consecuencia, los tribunales 30.º, 49.º, 52.º y 13.º de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas dejarán de ejercer esa atribución especializada.
Casos de terrorismo pasarán a juzgados estadales
El documento establece que las causas relacionadas con delitos previstos en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo serán atendidas por los juzgados estadales de control, conforme a las reglas ordinarias de competencia establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal.
El cambio también contempla el traslado de los expedientes que se encuentran en fase de investigación, con disposiciones para proteger las actuaciones confidenciales y mantener la vigencia de las decisiones judiciales dictadas en cada causa.
La resolución modifica la distribución de competencias entre los tribunales, pero no deroga los delitos contemplados en la legislación antiterrorista ni implica la anulación automática de los procesos en curso. Por tanto, el alcance de la medida sobre cada expediente dependerá de la aplicación de las disposiciones previstas para su remisión y continuidad.
Organizaciones de derechos humanos han cuestionado esta jurisdicción
La decisión se produce en medio de cuestionamientos de organizaciones internacionales sobre el funcionamiento de la jurisdicción antiterrorista venezolana y su utilización en procesos contra personas consideradas críticas de las autoridades.
En 2026, la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) publicó un informe en el que advirtió sobre el uso de tribunales especializados para procesar a personas por motivos políticos, así como sobre la aplicación discrecional de normas penales ambiguas y las deficiencias en las garantías del debido proceso. Entre sus recomendaciones, planteó eliminar la jurisdicción especial antiterrorista y reformar la legislación correspondiente.
Por su parte, Human Rights Watch (HRW) señaló en febrero de 2026 que la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre Venezuela, creada por las Naciones Unidas, documentó violaciones sistemáticas del debido proceso en tribunales que conocen casos de terrorismo.
La organización también ha reclamado reformas judiciales y cambios legales para prevenir procesos penales arbitrarios contra personas críticas del Gobierno.
Con esta resolución, el TSJ modifica la estructura judicial encargada de conocer los delitos asociados al terrorismo. Sin embargo, la decisión no resuelve por sí misma los cuestionamientos sobre la aplicación de esa legislación ni determina el resultado de las causas que permanecen abiertas.
Noticia al Día / Con información del TSJ y El Diario

