La propiedad es un derecho humano que tiene toda persona de usar, gozar, disfrutar y disponer de sus bienes de acuerdo con la ley.

Dicho derecho será protegido por el Estado, por lo que nadie podrá ser privado, ni molestado en su patrimonio, sino en virtud de un juicio que cumpla con las formalidades esenciales del procedimiento. Todas las personas tienen derecho de gozar de una vivienda digna y cómoda, más que una inversión o un sueño, es un derecho básico en aras de dignificar al ser humano y mejorar su calidad de vida.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en el artículo 115 que “Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes”. Así mismo Artículo 545 del Código Civil reza: “La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley”.

El Estado debe garantizar las condiciones legales necesarias para asegurar el derecho a la propiedad a todos los ciudadanos, promoviendo la importancia que implica tener estabilidad y seguridad jurídica, permitiendo una sana convivencia entre las personas, identificando y protegiendo los bienes de cada cual y de cada quien. De igual manera la importancia que tiene la propiedad desde la perspectiva de la existencia misma, así como para la subsistencia y educación de los hijos.

La ley especial de regularización integral de la tenencia de la tierra de los asentamientos urbanos o periurbanos (2011), lejos de un tema político, tiene un sentido progresista en beneficio de las familias en condición de vulnerabilidad que no tienen acceso a obtener por recursos propios una propiedad.

Esta Ley garantiza la propiedad en las comunidades sensibles con un nivel bajo de consolidación, teniendo por objeto ordenar y regularizar el proceso de la tenencia de la tierra, ocupada por la población en los asentamientos urbanos o periurbanos, y contribuir a la satisfacción progresiva del derecho a la vivienda y el hábitat, dando prioridad a la familia, especialmente a aquéllas en condición de fragilidad social, y así fortalecer los asentamientos ya existentes, de manera digna, equitativa y sostenible, mediante un proceso de cogestión integral con el Estado.

Esta ley ordena la creación mediante ordenanza, de las oficinas técnicas municipales para la regularización de la tenencia de la tierra de los asentamientos urbanos o periurbanos, encargadas del proceso de de titularidad en estos asentamientos de condición jurídica ejidal o patrimonial.

La importancia de esta oficina en los municipios radica en el principio de garantizar el derecho a la propiedad con especial aplicación en las comunidades vulnerables que no tienen acceso a los servicios básicos. El Municipio mediante un procedimiento legal y según la condición jurídica del asentamiento puede regular la tenencia de la tierra, mediante el otorgamiento de los títulos de adjudicación de las tierras públicas municipales, debidamente protocolizadas, incentivando a las comunidades beneficiadas a la organización comunitaria en sus respectivos asentamientos, siendo el punto de partida para alcanzar el desarrollo social y económico.

La relevancia de la creación de esta oficina tiene una mirada netamente social, equitativa y humanista pues persigue en su esencia el progreso de las familias. Que los ciudadanos tengan algo propio y que forme parte de su acervo patrimonial.

La vinculación de las comunidades con el Municipio a través de esta Oficina es fundamental para alcanzar los objetivos de esta ley.

A través de las atribuciones conferidas a esta Oficina, el Municipio tiene la posibilidad de tener un acercamiento inmediato con las comunidades para lograr la regularización de la tenencia de la tierra cumpliendo con los requisitos de ley pero también para conocer su identidad, necesidades y prioridades a los fines de que después del título de propiedad se avance en temas de infraestructura, servicios públicos, educación, salud, entre otros, para mejorar las condiciones de vida de sus habitantes.

Garantizar el derecho a la propiedad abre un abanico de múltiples oportunidades, presentando soluciones que optimicen el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades empoderándolas para que aporten iniciativas vinculantes en pro del desarrollo para que sean garantes de cuidar lo que es propio, fomentando el sentido de pertenencia y procurando ir hacia la modernidad creando un impacto abrumadoramente positivo en las personas y las familias.

Abg. Nilmary Boscán Maldonado

por primeraedicioncol

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