La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente un nuevo trámite de extradición activa contra María Violeta Agüero Bravo (38 años), requerida por la justicia venezolana para ser juzgada por los delitos de estafa y agavillamiento, según la sentencia número 327.
La medida fue acordada luego de que la notificación roja de Interpol permitiera su segunda captura en Europa, esta vez en Italia, tras haber sido detenida y posteriormente liberada en España en 2023.
La trama de estafa: Un falso negocio comercial
De acuerdo con el expediente respaldado por el Tribunal 31° de Control de Caracas, las investigaciones se iniciaron tras una denuncia interpuesta en junio de 2022 ante la Policía Nacional Bolivariana (PNB):
- La oferta: Agüero Bravo y su esposo, Luis Daniel Fernández Albarrán, le propusieron a la víctima ser socio del 70 % de la sociedad mercantil Manatha Boutique, ubicada en un centro comercial de Barquisimeto (Lara).
- El compromiso económico: A cambio, la víctima entregó 203.000 dólares mediante transferencias bancarias internacionales dirigidas a dos presuntos colaboradores del esquema (César Casal Pallares y Cristian Farfán Ruiz).
- El engaño: La pareja alegó que requería el dinero para desbloquear una cuenta en Portugal con más de 3,1 millones de euros. Tras exigir la devolución de los fondos, la pareja afirmó estar en Estambul (Turquía), pero investigaciones independientes revelaron que se ocultaban en Punto Fijo (Falcón) antes de cortar comunicación.
Un largo recorrido judicial entre España e Italia
El caso penal ha atravesado diversas instancias y fronteras europeas:
- Primera detención en España (2023): Tras emitirse la orden de aprehensión y la alerta roja de Interpol, Agüero Bravo fue capturada en Madrid en enero de 2023. Aunque el TSJ aprobó su extradición en 2024, las autoridades españolas denegaron la entrega y la dejaron en libertad.
- Reaprensión en Italia: En abril pasado, Interpol notificó a Venezuela sobre la nueva captura de la acusada en suelo italiano, lo que reabrió el procedimiento de repatriación.
Descartan persecución política
En la sentencia dictada el 2 de junio, los magistrados de la Sala Penal ratificaron que la solicitud cumple rigurosamente con el Tratado de Extradición suscrito entre Venezuela e Italia en 1930.
A su vez, el máximo tribunal enfatizó que no existen motivaciones ni atenuantes de carácter político, dado que los delitos imputados —estafa y agavillamiento— atentan estrictamente contra la propiedad privada y el orden público de la nación.

