Tras revocar la licencia 44, el gobierno de Estados Unidos estableció la LG44A, de manera que habrá una ventana abierta hasta el 31 de mayo de 2024.

Con el fin de la Licencia General 44 el Departamento del Tesoro activará una adicional, la Licencia General 44A que tendrá vigencia hasta el 31 de mayo y cuyo propósito será dejar abierta una ventana para que los negocios que se han implementado con la primera tengan tiempo para ir reduciendo operaciones hasta cerrarlas definitivamente. «La LG44A reemplazará a la LG44, lo cual quiere decir que cualquier actividad previa deberá apagarse para el 31 de mayo. A partir de allí, cualquier actividad cubierta por la LG44 no será permitida». Explicó que estas ventanas sirven para que los negocios puedan recoger todos los asuntos de manera ordenada.

La Administración Biden también informó a medios de comunicación, que la OFAC tiene la autoridad para decidir licencias específicas, que son asignadas caso a caso y respondiendo a solicitudes y situaciones individuales.

«Las compañías pueden aplicar licencias individuales que serán evaluadas, como siempre hacemos con cualquier programa de la OFAC. El proceso de evaluar estas licencias específicas, que no se hacen públicas, incluyen considerar el interés nacional y de seguridad de Estados Unidos, en consultad con el Departamento de Estado».

Desde Washington, el alto funcionario del gobierno norteamericano fue específico al afirmar que el vencimiento de la Licencia General 44 no afectará en ningún aspecto ni las licencias individuales ya otorgadas -como las que permiten negocios de gas con Trinidad y Tobago- ni la LG41 que ha permitido a la empresa estadounidense Chevron producir y exportar crudo venezolano.

«La licencia a Chevron fue firmada antes del Acuerdo de Barbados y buscaba que las conversaciones y negociaciones ocurrieran. No forman parte de una decisión al respecto del cumplimiento de Acuerdo de Barbados, y seguirá con normalidad. El compromiso de Barbados de octubre 2023 tenia sus propias consideraciones».

Consultado sobre si Maduro y su gobierno pudieran tomar alguna decisión de última hora para evitar la reimposición de estas sanciones, el funcionario dijo que se había terminado el tiempo.

«La LG44 era una licencia por seis meses con fecha de expiración. La pregunta sobre su renovación teníamos que responderla hoy. Y hemos determinado que Venezuela no ha cumplido sus compromisos. Eso no significa que no seguiremos ejerciendo acciones para, de forma constructiva y pragmática, avanzar. Seguiremos monitoreando y trabajando para que la voluntad popular de los venezolanos pueda ser oída en las urnas electorales».

La Licencia General 44 permitió transacciones relacionadas con la producción y exportación de petróleo o gas en Venezuela, junto con la provisión de bienes y servicios relacionados, el pago de facturas, nuevas inversiones y entrega de crudo a acreedores para pagar deudas. Para ello también incluyó autorización de transacciones con el Banco Central de Venezuela y el Banco de Venezuela.

Aspectos Generales de LG44A:

El texto de esta nueva licencia incluye transacciones en las que participe PDVSA y cualquier empresa donde el Estado venezolano tenga 50% o más de participación accionaria.

El documento no autoriza:

– Cualquier transacción que involucre a cualquier institución financiera bloqueada de conformidad con la Orden Ejecutiva (E.O.) 13.850 que no sea el Banco Central de Venezuela o el Banco de Venezuela SA Banco Universal.

– El suministro de bienes o servicios a, o nuevas inversiones en, una entidad ubicada en Venezuela que sea propiedad o esté controlada por o una empresa mixta con cualquier entidad ubicada en la Federación Rusa.

– Cualquier transacción relacionada con nuevas inversiones en operaciones del sector petrolero o gasífero en Venezuela por parte de una empresa ubicada en la Federación Rusa o cualquier entidad que sea propiedad o esté controlada por una entidad ubicada en la Federación Rusa;

– Cualquier transacción prohibida por las subsecciones 1(a)(i) – (iii) o 1(b) de la O.E. 13808, distinta del pago de facturas por bienes o servicios relacionados con operaciones del sector petrolero o gasífero en Venezuela, o la entrega de petróleo o gas de Venezuela a acreedores del Gobierno de Venezuela, incluyendo acreedores de las Entidades de PDVSA, con el propósito de pago de deuda.

– Cualquier transacción prohibida por la O.E. 13827 o la O.E. 13835; o (6) el desbloqueo de cualquier propiedad bloqueada de conformidad con la VSR. O. 13827 o E.O. 13835.

– El desbloqueo de cualquier propiedad bloqueada de conformidad con el VSR. (c) A partir del 17 de abril de 2024, la Licencia General nº 44, de fecha 18 de octubre de 2023, queda sustituida y reemplazada en su totalidad por esta Licencia General nº 44A.

Además, esta licencia general tiene una aclaratoria: «Nada de lo dispuesto en esta licencia general exime a ninguna persona del cumplimiento de los requisitos de otras agencias federales, incluida la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio» de Estados Unidos.

La licencia no afecta a las operaciones de Chevron y de las empresas estadounidenses proveedoras de servicios petroleros en el país y tampoco hace referencia a las licencias específicas otorgadas a la italiana ENI y la española Repsol, que quedan protegidas por esta nueva disposición.

En consecuencia, analistas estiman que a partir de ahora las empresas transnacionales podrán optar por licencias específicas para operar en Venezuela, las cuales no serán hechas públicas.

por primeraedicioncol

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