Gonzalo Himiob, abogado y vicepresidente de la ONG Foro Penal, exigió este viernes que las autoridades venezolanas informen con precisión el destino, la situación y el paradero de las personas privadas de libertad, y advirtió que la omisión de esa información podría constituir el delito de desaparición forzada tipificado en el Código Penal.
En un mensaje en X, Himiob recordó que los funcionarios que participan en traslados de detenidos están obligados a notificar de manera clara el lugar al que son llevados. “A los funcionarios que están moviendo presos de un lado para otro se les recuerda que deben indicar y notificar con claridad cuál es su destino, situación o paradero. Lo contrario puede llegar a constituir una desaparición forzada (Art. 180-A CP)”, escribió, acompañando su publicación con la imagen del artículo del Código Penal que sanciona el delito.
El artículo 180-A establece penas de entre 15 y 25 años de prisión para autoridades o personas al servicio del Estado que priven ilegítimamente de libertad a una persona y se nieguen a reconocer la detención o a informar sobre su destino o situación. La norma además determina que el delito se considera continuado mientras no se determine el paradero de la víctima.
La advertencia de Himiob llegó después del traslado, el pasado 3 de junio, de los que fueron descritos como los “últimos presos políticos” recluidos en El Helicoide hacia distintos centros penitenciarios del país. Familiares y organizaciones de derechos humanos denunciaron que inicialmente no se ofreció información oficial detallada sobre el destino de varios de los detenidos, aunque algunos habrían señalado desde los vehículos de traslado que se dirigían a la cárcel de Tocuyito, en el estado Carabobo.

