Una nueva disposición administrativa en Chile ha encendido el debate sobre derechos migratorios y nacionalidad. El Servicio de Registro Civil e Identificación emitió una circular que cambia de forma significativa el criterio para otorgar la nacionalidad chilena a recién nacidos, afectando directamente a hijos de padres migrantes en condición transitoria.

La medida, contenida en la Circular N° 014 fechada el 17 de abril de 2025, establece que los niños nacidos en territorio chileno de padres con “permanencia transitoria” deberán ser registrados como “hijos de extranjeros transeúntes”, lo que implica que no accederán automáticamente a la nacionalidad chilena.

🔴 Un giro clave en la política migratoria de Chile

Este cambio representa un quiebre respecto a la práctica administrativa aplicada durante la última década, en la que se consideraban elementos adicionales —como el arraigo o la intención de permanencia— para determinar la nacionalidad de los recién nacidos.

La nueva instrucción se basa en el artículo 10, numeral 1, de la Constitución chilena, que contempla excepciones al principio de nacionalidad por nacimiento, entre ellas la condición de ser hijo de un “extranjero transeúnte”.

Sin embargo, lo que ha generado controversia es la interpretación estricta que ahora adopta la autoridad, eliminando cualquier evaluación subjetiva sobre la situación real de los padres.

📄 ¿Qué cambia con la nueva circular?

A partir de esta normativa, los funcionarios del Registro Civil deberán verificar únicamente el estatus migratorio de los padres al momento del nacimiento del menor.

Para ello, se exigirá la revisión de documentos como:

  • Pasaporte
  • Documento de identidad
  • Tarjeta Única Migratoria

Si se determina que los padres se encuentran bajo un permiso de permanencia transitoria, el recién nacido será automáticamente clasificado como hijo de extranjero transeúnte, sin considerar otros factores como contratos laborales, tiempo de residencia o vínculos en el país.

⚖️ La Ley de Migraciones detrás de la medida

El cambio se fundamenta en la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, que introduce por primera vez una definición legal de “extranjero transeúnte”.

Según esta normativa, se trata de una persona que se encuentra “de paso en el territorio nacional, de manera transitoria, sin intención de establecerse en él”.

Con base en esta definición, el Registro Civil adopta un criterio objetivo y automático: si el nacimiento ocurre durante la vigencia de un permiso temporal, el niño no será considerado chileno.

🚨 Fin del criterio de “ánimo de permanencia”

Uno de los aspectos más relevantes de esta circular es la eliminación del análisis del “ánimo de permanencia”, que durante años permitió a tribunales y autoridades reconocer la nacionalidad chilena en casos específicos.

Este criterio fue clave en decisiones judiciales emblemáticas. Por ejemplo, en 2018, la Corte Suprema reconoció la nacionalidad a una niña nacida en Iquique, tras comprobar que sus padres tenían intención real de radicarse en el país.

Con la nueva normativa, ese enfoque queda completamente descartado en el ámbito administrativo.

🧾 Más trabas para los padres migrantes

La circular también limita las facultades del Registro Civil, indicando que no le corresponde determinar la intención de residencia de los padres, atribución que recae exclusivamente en el Servicio Nacional de Migraciones.

Incluso en situaciones de duda o falta de documentación concluyente, la instrucción ordena inscribir al recién nacido como hijo de extranjero transeúnte.

Esto implica que los padres deberán iniciar posteriormente procesos administrativos o judiciales para solicitar la rectificación de la nacionalidad, trasladando la carga de la prueba a las familias migrantes.

🌎 Impacto y críticas: crece la preocupación

El cambio ha generado preocupación entre organizaciones defensoras de derechos humanos y expertos en migración, quienes advierten que esta medida podría aumentar el riesgo de apatridia o dejar en situación de vulnerabilidad a miles de niños.

Además, señalan que la interpretación restrictiva podría entrar en tensión con tratados internacionales suscritos por Chile en materia de derechos del niño y no discriminación.

Medios especializados en migración han alertado que esta política podría afectar principalmente a comunidades extranjeras en situación irregular o con permisos temporales, muchas de las cuales llevan años residiendo en el país.

📊 ¿Qué podría pasar ahora?

El impacto real de esta circular dependerá de su aplicación práctica y de eventuales impugnaciones judiciales. Expertos no descartan que tribunales vuelvan a intervenir para interpretar el alcance del derecho a la nacionalidad en Chile.

Mientras tanto, la medida abre un nuevo capítulo en el debate sobre migración, identidad y derechos fundamentales en América Latina.

por primeraedicioncol

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