El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó el reinicio formal de las actividades judiciales y administrativas en los circuitos judiciales penales de Venezuela, una medida que se concreta 13 días después de los devastadores terremotos del pasado 24 de junio.

La disposición, emanada de la Sala Plena del TSJ con fecha del 6 de julio, establece el restablecimiento del despacho judicial, la atención al público y el cómputo de los lapsos procesales en casi todo el territorio nacional, con tres excepciones clave debido a las afectaciones de la contingencia sísmica.

Regiones que se mantienen exceptuadas

Por razones de seguridad y evaluación de daños, quedaron fuera de la reanudación ordinaria de actividades las siguientes jurisdicciones:

  • Área Metropolitana de Caracas (Circuito Judicial Penal de la Región Capital).
  • Estado La Guaira (Circuito Judicial Penal de la entidad).
  • Estado Miranda (Circuito Judicial Penal que incluye las sedes principales y las extensiones de Valles del Tuy, Barlovento y Guarenas-Guatire).

Régimen de guardias para casos urgentes

El máximo tribunal aclaró que los circuitos judiciales exceptuados no paralizarán por completo sus funciones, sino que se mantendrán bajo un estricto régimen de guardias para atender exclusivamente asuntos de extrema urgencia y aquellos vinculados directamente con la libertad de los ciudadanos.

Corresponderá a los presidentes de cada uno de estos circuitos judiciales afectados establecer los roles de guardia de su personal, con el objetivo de garantizar la continuidad del servicio público y la atención inmediata de las causas prioritarias mientras se normaliza la situación de las infraestructuras.

por primeraedicioncol

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