El Concejo Municipal del municipio Libertador del Distrito Capital aprobó la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, el Civismo y la Justicia de Paz Comunal la cual prohíbe las caravanas escolares en esa jurisdicción.

La norma fue publicada en Gaceta Municipal del Municipio Bolivariano Libertador N° 4940-23 el jueves 25 de mayo de 2023 y prohíbe las caravanas escolares.

“Quedan prohibidas las caravanas por motivos de festejo o celebración que pongan el riesgo la integridad física de sus participantes o la de terceros, o que alteren el orden público y desenvolvimiento de las actividades de los transeúntes del municipio Libertador”, se lee en el artículo 37 de dicha ordenanza.

En caso de que se realice alguna caravana, las autoridades policiales deberán dar aviso al Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente para imponerles a los padres y representantes de los implicados las medidas de protección y ser entregados.

Además, se impondrá una multa que se derive de la infracción de tránsito correspondiente y se incluirá a los padres o representantes sancionados en el Programa de Concientización y Educación Ciudadana.

El artículo 38 advierte que quien induzca a un adolescente a hacer una caravana vehicular o cometer cualquier otra falta esta persona será considerada como una “infracción gravísima”.

Multas por caravanas escolares en Caracas

La ordenanza dividió las infracciones en tres tipos y cada categoría tiene una sanción diferente.

-Infracciones gravísimas: entran en esta categoría las acciones de romper, sustraer o deteriorar la infraestructura, instalaciones, equipamiento y mobiliario patrimonial.

También se multará a las personas que hagan sus necesidades en las áreas internas y en las adyacencias de la zona especial, así como el expendio y consumo de estupefacientes.

Están prohibidas las inscripciones y grafismos en elementos privados o públicos, incluidos los muros, fachadas, farolas, cubiertas, bancos, papeleras e instalaciones en general.

Las infracciones gravísimas serán sancionadas con una multa equivalente al pago en bolívares de 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el BCV o la realización de dos trabajos comunitarios en un lapso de 40 horas.

-Infracciones graves: contará como una infracción grave arrojar, lanzar o abandonar objetos de naturaleza orgánica o inorgánica, líquidos, sólidos, fuera del bote de basura.

Se sancionará a las personas que arranquen, quiten, rasguen o lancen papeles, carteles, pancartas, anuncios en el municipio Libertador.

Las personas que provoquen peleas, desórdenes o mantengan conductas indebidas serán multadas.

Las infracciones graves son sancionadas con una multa equivalente al pago en bolívares de 50 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el BCV o la realización de dos trabajos comunitarios en un lapso de 30 horas.

-Infracciones leves: se consideran infracciones leves los actos de pegar publicidad, propaganda, afiches, anuncios, carteles, banderines o similares que no cuenten con la debida autorización.

El Diario

por primeraedicioncol

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