EE. UU. autoriza transferencias directas al Gobierno de Venezuela para ayuda por los terremotos

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos aclaró este viernes 17 de julio que los fondos internacionales destinados a las labores de socorro por la emergencia de los terremotos del pasado 24 de junio podrán ser transferidos directamente al Gobierno de Venezuela, flexibilizando temporalmente las restricciones financieras vigentes.

A través de una actualización en su sección de preguntas frecuentes, la OFAC detalló el alcance de la Licencia General 60 (LG 60), la cual regula las transacciones excepcionales autorizadas bajo el Reglamento de Sanciones contra el país caribeño en el marco de esta catástrofe.

Exención de la cuenta de depósito obligatorio (FGDF)

La principal aclaratoria de las autoridades estadounidenses radica en los mecanismos de pago permitidos para canalizar la asistencia humanitaria y logística:

  • Pagos directos autorizados: La LG 60 permite el pago directo al Estado venezolano de impuestos, peajes, tasas y aranceles estrictamente vinculados a las operaciones de socorro.
  • Sin intermediarios: El Tesoro de EE. UU. enfatizó que estos desembolsos específicos no tienen la obligación de efectuarse a través de la Cuenta de Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros (FGDF), el mecanismo financiero restrictivo habitualmente exigido a Caracas.

De acuerdo con el abogado y profesor universitario José Ignacio Hernández, esta precisión de la OFAC tiene un impacto técnico de gran envergadura, ya que «podría abrir la puerta a que la ayuda financiera internacional y los préstamos de emergencia se envíen directamente al Gobierno de Venezuela» para atender la crisis.

Blindaje contra la evasión de sanciones

A pesar de esta flexibilización humanitaria, el gobierno estadounidense advirtió que mantiene un estricto control sobre el resto de las operaciones comerciales del país:

  • Vigencia de restricciones: Los requisitos establecidos en el resto de las licencias generales activas para Venezuela (como las 46C, 48B, 49A, 50B, 51B, 52A y 54A) permanecen inalterados.
  • Prohibición de reclasificación: La OFAC sentenció que ninguna actividad comercial, petrolera o financiera que esté fuera del alcance del auxilio por el sismo podrá ser catalogada falsamente como «labores de socorro» con el fin de evadir los depósitos obligatorios en la cuenta FGDF.

por primeraedicioncol

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