NOTIFICACIÓN DIVORCIO NO CONTENCIOSO-VI21-j-2020-000055

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
Cabimas, 25 de Enero de 2021
210° y 161°
Asunto: VI21-j-2020-000055
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
Al ciudadano VICENTE AVILIO ANDRADE PEREZ, titular de la cédula de identidad N° v-5.647.627, que este Tribunal, en el asunto contentivo de una solicitud de DIVORCIO NO CONTENCIOSO, incoada por su cónyuge la ciudadana ERLYS DEL VALLE REVEROL DE ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7968.994, se ha dispuesto instarle mediante cartel de notificación de conformidad con lo previsto en el artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que dentro de los dos (02) días de despacho siguientes a la certificación hecha en autos por secretaria de dicha notificación este Tribunal dictará auto expreso mediante el cual fijará la Audiencia Única prevista en el Artículo 512 ejusdem, a los fines de que exponga lo que bien tenga respecto a la presente solicitud.
LA JUEZA PROVISORA PRIMERA DE M.S.R.,
ABG. ESP. YAJAIRA JOSEFINA CHIRINOS MONTERO
LA SECRETARIA
ABG. MARÍA CRISTINA TORRES JIMENEZZ
YJCM/mg.-
Nota: Publíquese en cualquier diario
De Circulación Nacional o Regional.-
